¿Qué es la SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES y cómo afecta a los trabajadores?

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En la conferencia de prensa realizada el 13 de abril de 2020, Sylvia Cáceres, ministra de Trabajo y Promoción del Empleo de Perú informó que el gobierno accedió a permitir que las empresas recurran a la figura laboral de la SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES, o licencia sin goce de haber, pero estableciendo una serie de mecanismos para que los trabajadores afectados con esta medida no se vean afectados económicamente. Con esa acción se busca que las empresas suspendan, pero no rompan el vínculo laboral mientras dure la emergencia sanitaria.

https://www.facebook.com/Gestionpe/videos/2606272419651406/

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¿Qué es la suspensión perfecta de labores?

Citando el artículo de Lucero Chávez del Diario El Comercio : «Las empresas que no pueden pagar las licencias con goce de haber de sus planillas, al no recibir ingresos, ya han venido optando por suspender el contrato de sus trabajadores sin darles una remuneración por un período máximo de 90 días. Esta figura laboral, que se aplica en caso fortuito (por acción de la naturaleza) o de fuerza mayor (por acción del hombre), se llama suspensión perfecta de labores».

Esta figura laboral es empleada desde 1994; y está regulada en el artículo 15 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL).

La suspensión perfecta de labores puede regir tanto para un grupo de trabajadores como a toda la planilla, en función a las razones que imposibiliten la continuación de la operatividad de la empresa.

Fuente: https://elcomercio.pe/economia/personal/ministerio-de-trabajo-que-es-la-suspension-perfecta-de-labores-coronavirus-peru-licencia-sin-goce-de-haber-sueldos-noticia/?ref=ecr

Sylvia Cáceres, ministra de Trabajo y Promoción del Empleo de Perú señaló al respecto : «La suspensión perfecta es una figura excepcional que comprende a las empresas que estén afrontando serias dificultades económicas, algo que tiene que acreditar, y que no puedan desarrollar el trabajo remoto”, aportación referida en el diario el El Comercio.

Cabe señalar que la Confiep alcanzó una propuesta al Ministerio de Trabajo para que la suspensión perfecta de labores dure hasta por 180 días; sin embargo, a la fecha, dicho ministerio no ha indicado si rechazará o tomará lo indicado.

¿ Cuál es el propósito de la medida tomada?

En el diario oficial de la República del Perú, conocido como EL PERUANO se mencionó la finalidad de la medida por parte de Sylvia Cáceres, ministra de Trabajo de Perú: «El decreto de urgencia aprobado este lunes(lunes 13 de abril de 2020) en el Consejo de Ministros, tiene un profundo sentido de equidad, y está pensado en los trabajadores que han agotado con los empleadores los esfuerzos para llegar a un acuerdo en mantener el empleo, a cambio de una remuneración.»

Además la ministra agregó:“En ese sentido, de manera excepcional se abre la modalidad de suspensión perfecta de labores, es una modalidad que ya el ordenamiento laboral contemplaba; pero lo excepcional, y además lo favorable en coyunturas como ésta, es que esta modalidad viene acompañada de ingresos para los trabajadores”.

La idea es evitar el cese colectivo, la ministra destacó que la propuesta del Gobierno es intentar todo tipo de acuerdo para preservar los empleos y los ingresos de los trabajadores, por lo que se descartó de plano cualquier fórmula que facilitase que los ceses colectivos tuviesen una aprobación automática, debido a que ello iba contra las medidas económicas y laborales que se han aprobado.

Fuente: https://elperuano.pe/noticia-sepa-todo-sobre-suspension-perfecta-laboral-y-como-protegera-estado-a-trabajadores-94368.aspx

¿Cómo era la normativa hasta antes del 13 de abril en el marco de la emergencia del COVID-19?

Hasta antes de esta medida no era posible que, en el marco del Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19, las empresas puedan suspender la prestación de servicios de los trabajadores por fuerza mayor o caso fortuito.

La norma anterior establecía que, en el caso de las actividades que no sean esenciales, el empleador debía aplicar el trabajo remoto, y en caso este sea incompatible, debía otorgarle una licencia con goce de haber, con cargo a que la actividad sea compensada luego de la emergencia.

Fuente: https://rpp.pe/politica/gobierno/coronavirus-covid-19-ministerio-de-trabajo-que-es-la-suspension-perfecta-de-labores-anunciada-por-el-gobierno-noticia-1258218?ref=rpp

¿Cómo beneficia la medida a los colaboradores?

El decreto apela tanto a fondos públicos como privados (CTS y AFP) para implementar mecanismos que permita a los trabajadores afectados contar con liquidez monetaria durante el tiempo que dure la suspensión perfecta de labores.
Para todos los trabajadores que pudiesen quedar comprendidos en una situación de suspensión perfecta de labores, se abre la posibilidad de que puedan retirar parte de su Compensación por Tiempo de Servicios, de la misma manera se abre la posibilidad del retiro de parte de sus fondos de pensiones en el sistema privado”, informó la ministra Cáceres. Comentario replicado en la sección Mag del diario El Comercio.
Ya anteriormente el Ejecutivo había aprobado una norma para que los trabajadores que no hayan aportado seis meses a su fondo de las AFP puedan retirar hasta 2,000 soles, en una sola armada.
En esa oportunidad, esta medida se amplía para que los trabajadores afectados por la suspensión perfecta, también puedan retirar 2,000 soles, en dos partes.
Para este grupo de trabajadores también está abierta la posibilidad de retirar hasta 2,400 soles de sus fondos de la CTS, medida aprobada a finales de marzo.
Para los trabajadores que, por su régimen laboral, especialmente de la pequeña y micro empresa, no cuentan con CTS, y que ganen menos de 2,400 soles mensuales, el gobierno dispuso la entrega de una prestación excepcional económica de emergencia por 760 soles mensuales, durante tres meses.
El decreto también garantiza los aportes la seguridad social mientras dure la suspensión de labores, para que los trabajadores puedan tener cobertura de salud, tanto para ellos como para sus familiares.
Adicionalmente, aquellos trabajadores que no se encuentran en una situación vulnerable, es decir que son aportantes activos de la AFP, podrán retirar hasta 2,000 soles de su fondo de pensiones, siempre que ganen menor de 2,400 soles mensuales.
En la habitual conferencia diaria en Palacio de Gobierno, la ministra Cáceres enfatizó que esta decisión siendo legal, no desprotege a los trabajadores y el Ministerio de Trabajo garantiza acompañar este proceso de verificación de las suspensiones perfectas con criterio de equidad y justicia.

Fuente: https://elperuano.pe/noticia-sepa-todo-sobre-suspension-perfecta-laboral-y-como-protegera-estado-a-trabajadores-94368.aspx

En la tarde del martes 13 de abril del 2020 durante la conferencia de prensa, la ministra de Economía, María Antonieta Alvaestimó en 500 millones de soles el costo económico de las medidas anunciadas por el Gobierno, referidas al retiro de CTS y AFP.

Además, dijo que se ha estimado un costo de 652 millones de soles del tesoro público el subsidio a los trabajadores de los mypes, quienes recibirán 760 soles por los próximos tres meses. Estos trabajadores mantendrán su cobertura en salud (EsSalud), por lo que se destinará unos 92 millones de soles.

«De la misma manera, sabiendo que hay trabajadores próximos a jubilarse, la ONP va a reconocer para estos trabajadores los tres meses de aporte. El esfuerzo fiscal de esta medida es aproximadamente 700 millones de soles», precisó la ministra de economía.

Las declaraciones de la la ministra de Economía, María Antonieta Alva han sido citadas por RPP Noticias: https://rpp.pe/politica/gobierno/coronavirus-covid-19-ministerio-de-trabajo-que-es-la-suspension-perfecta-de-labores-anunciada-por-el-gobierno-noticia-1258218?ref=rpp

¿Qué sucede con los trabajadores durante la suspensión perfecta de labores?

Los trabajadores no recibirán su sueldo ni realizarán trabajos para la empresa. Con ello, el empleador tampoco realizará aportes al sistema de salud, precisó Cristina Oviedo, laboralista del estudio Payet, recogidas por el diario El Comercio.

En esa línea, durante el plazo que dure la suspensión perfecta de labores, los trabajadores están protegidos de manera temporal, pues podrán hacer uso del “periodo de latencia”. Mediante este podrán seguir siendo atendidos en Essalud, en función a la cantidad de meses que su empleador hizo aportes al seguro social, explicó la laboralista. No obstante, indicó que este beneficio podría no alcanzar a quienes hayan sido contratados recientemente, pues el periodo de aportes habría sido pequeño o hasta nulo.

En tal sentido, la novedad que anunció la ministra en conferencia de prensa, que será recogida en un decreto supremo, es que el Estado financiará el seguro social de los trabajadores cuyos contratos estén congelados durante el plazo que dure la suspensión perfecta de labores.

Fuente: https://elcomercio.pe/economia/personal/ministerio-de-trabajo-que-es-la-suspension-perfecta-de-labores-coronavirus-peru-licencia-sin-goce-de-haber-sueldos-noticia/?ref=ecr

¿Qué sucede cuando las empresas solicitan la suspensión perfecta de labores ?

Una vez que el empleador solicita la suspensión perfecta de labores, el Ministerio de Trabajo (MTPE) tiene un plazo de seis días para visitar las instalaciones del negocio para evaluar si la medida tomada está justificada. Por la coyuntura actual, es probable que este plazo demore más, señalan los abogados citados por el diario El Comercio.

Si no hizo bien su sustento, el MTPE ordena que los trabajadores regresen a sus puestos, y se le paga todos los días que no trabajaron”, explicó José Balta, abogado del estudio Rodrigo, Elías & Medrano comentario mencionado en el  diario El Comercio.

Además de ello, Sunafil puede inspeccionar el centro de labores y si no cuentan con el sustento adecuado para haber aplicado la suspensión perfecta de labores, podrían ser sancionados hasta con S/112.300, pues no cumplieron con pagar la remuneración de sus trabajadores, indicó Percy Alache, director del área laboral de PwC citado por el diario El Comercio.

Si el MTPE sí valida las justificaciones brindadas, los trabajadores no recibirán su sueldo ni realizarán trabajos para la empresa.

Fuente: https://elcomercio.pe/economia/personal/ministerio-de-trabajo-que-es-la-suspension-perfecta-de-labores-coronavirus-peru-licencia-sin-goce-de-haber-sueldos-noticia/?ref=ecr

Vicente Zeballos, presidente del Consejo de Ministros, comentó que cuando inicialmente se estableció el estado de emergencia y el aislamiento social, se dispusieron algunas medidas de carácter laboral como el trabajo remoto y la licencia con goce de haber, pero ambas medidas estaban contempladas para un periodo de 15 días. Como actualmente se está iniciando una tercera etapa del estado de emergencia y aislamiento social, que se extenderá hasta el 26 de abril, el contexto es diferente, por lo que como Gobierno, dijo, se tiene la responsabilidad de actuar con medidas de carácter socio laborales». Cita textual acotada en el diario El Comercio.

La figura excepcional de Suspensión perfecta es una apuesta del Estado para mitigar los efectos del coronavirus (Covid-19).

Este artículo ha sido elaborado en base a la información citada por los diarios El Peruano, El Comercio y RPP Noticias:

Fuentes:

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7 Replies to “¿Qué es la SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES y cómo afecta a los trabajadores?”

  1. Anónimo dice:

    Yo como podría hacer yo tenía un contrato de 3 meses y el hotel donde yo trabajaba me hizo firmar un documento donde decía que me despedía por no pasar la prueba el cual era mentira le pregunte al chefs para hacia eso me respondió que era por lo que no había dinero para pagarnos y no era yo solo éramos varios trabajadores que les hizo firmar antes sus que termine su contrato yo diciéndole que eso estaba prohibido

  2. richard dice:

    Estimado Javier!

    Estuve observando la charla que publicaste sobre lo que se espera de los trabajadores hoteleros después de que pase covid 19, me parece perfecto que se den estos alcances de que nosotros que somos los que movemos este sector (los trabajadores) debemos tener muchos mas skills porque todo sera diferente estoy de acuerdo con esto, pero como quieres que nosotros que fuimos sacados por una ley de SUSPENSION PERFECTA DE LABORES donde no se nos respeta se nos deja de lado con esta ley ,es como que el capitan del barco tire a todos sus trabajadores en alta mar a la deriva y despues quieras ir recogiendolos uno por uno ,pero los recogeras muertos sin ese animo de jugarte bpor tu empresa porque en el momento que necesitas de ella te da la espalda.ESTAS EMPRESAS GRANDES NO VAN A PERDER POR PARAR DE TRABAJAR AUN 1 AÑO. ellos tienen back up. nosotros siembargo tenemos que coger de lo poco que tenemos y que supuestamente es para nuestro futuro.(cts y afp). siempre se corta por los que tienen menos. aun asi que pasara con los que estamos en la ONP nadie dice nada mi CTS no me alcanzará.no me quiero desviar del tema , el punto es que ya es hora de que tengamos un representante de los trabajadores hoteleros que reclame por nosotros que siempre estamos alli con la empresa haciendo horas extras que no te las remuneran, poniendose la camiseta como te suelen decir los jefes pero ahora quien se puso la camiseta por nosotros????
    es hora de que tengamos un representante de los trabajadores para que por ejemplo mejoren nuestros sueldos, ganamos un basico , siembargo te piden que hables ingles fluido, que tengas experiencia hotelera, y muchas cosas mas… es hora d e tener un mejor salario aprovechar de esto que nos esta pasando para poder exigir de alguna forma que se nos considere mucho mejor en todos los sentidos.

    espero hagas extensivo mi preocupacion a los CEOs de estas grandes empresas porque no sotros tenemos un sueldo que no alcanza para nada (los puntos no se consideran como sueldo,ellos mismo lo dicen,), muchas gracias!!!

  3. PEDRO GANDULIAS OSORIO dice:

    Muy bien explicado con amplitud y referencias periodísticas de sustento y enlaces.

    Me gustaría que abunden o expliquen respecto al bono de 760 soles que por tres meses daría o dará el Estado a los que se acogen a la Suspensión Perfecta y no tienen beneficios sociales.

    Gracias.

  4. Henry Montoya dice:

    Buenas noches.la verdad la suspensión perfecta es algo que apoya a los intereses de la empresa.
    Expliquemos como un colaborador va a subsistir los supuestos 90 días con solo la CTS, debemos considerar que hay compromisos de deudas que hay que honrar y las las entidades no prestan.las facilidades para la refinanciación.
    A lo que agrego la mala distribución de los bonos a gente que muchas veces no corresponde

  5. Rosa dice:

    Sobre la suspencion perfecta la empresa q lo solicite nos debe informar q nosotro ya estamos en suspencion o tiene q esperar a q lo aprueben y recien manadarnos a nuestras casas o nos mandan a casa sin respuesta de la aprobacion de la suspencion????y mientras no salga la suspecion nos debe segur pagando apesar q nos mandaron a casa con un documento redactado de ellos q entramos en suspencion apesar q lo mandaron recion

  6. Raúl Mendoza dice:

    Como hacer si la empresa cual trabajo no se comunicó conmigo solo deja de pagarme desde el momento que se dio inmovilización el 16 de marzo hasta el 30 junio ya que mi trabajo es presencial y tampoco se puede cojer a la suspencion perfecta

  7. Betsy dice:

    Buenas noches
    Nose que hacer estoy desorientada, me piden q regrese al trabajo pero tengo una niña de 4 años y no la puedo dejar aparte mi esposo es diabetico y el tan solo salir se que me expongo y expongo a mi familia que es vulnerable..

    Quise que la empresa me ponga en suspensión perfecta pero me dicen que tengo que presentar mi carta de renuncia.

    La verdad que no entiendo.. Por favor alguien me puede orientar en este tema.. Se lo agradecería mucho.

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